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Si tu empresa ofrece servicios de apuestas, loterías o sorteos, este caso te interesa especialmente. Demuestra que no basta con elegir una clase distinta en el Clasificador de Niza para evitar una oposición: la naturaleza específica de tu negocio puede crear conexiones inesperadas con marcas previas.

El caso en breve

Rol: N° 01760-2024
Marca solicitada: TINKA (mixta)
Solicitante: La Tinka S.A.
Marca opositora: LA TINCA (Registro N° 959.750)
Oponente: Polla Chilena de Beneficencia S.A.
Clases en conflicto: 35, 36 y 41
Decisión de INAPI: Rechazó la oposición
Decisión del TDPI: Revocó y rechazó el registro completo

Qué pasó

La Tinka S.A. solicitó registrar la marca TINKA para distinguir servicios de organización y administración de negocios comerciales relacionados con apuestas y loterías, en la clase 35. Por su parte, Polla Chilena de Beneficencia ya tenía registrada la marca LA TINCA en las clases 36 (agencias de loterías, rifas, sorteos) y 41 (lotería de números, loto, sorteos y concursos).

Polla Chilena presentó una oposición argumentando que, aunque las clases fueran diferentes, los servicios estaban íntimamente relacionados por su naturaleza. INAPI inicialmente rechazó la oposición, considerando que no existía coincidencia ni relación entre los servicios pedidos y aquellos amparados por el signo previamente registrado.

La Polla Chilena apeló esta decisión ante el Tribunal de Propiedad Industrial.

El razonamiento del Tribunal

El TDPI revocó completamente la decisión de INAPI mediante sentencia del 26 de febrero de 2025. El razonamiento central fue que, si bien las marcas pertenecían a clases distintas del Clasificador de Niza, esto no impedía reconocer una conexión real entre los servicios cuando su naturaleza así lo justificaba.

El Tribunal estableció que primero debía verificarse la semejanza entre los signos, cuestión que dio por acreditada. Pero lo más relevante fue el análisis de las coberturas: concluyó que los servicios solicitados y los previamente registrados sí se relacionan en un ámbito muy específico, cual es el servicio de apuestas y loterías.

Esta conexión representa una excepción al llamado principio de especialidad marcaria, que normalmente permite que marcas similares coexistan si están en clases diferentes y sin relación. Pero cuando se trata de un nicho tan específico como el de juegos de azar, sorteos y apuestas, el Tribunal consideró que existe una posibilidad real de confusión en el público sobre el origen empresarial de los servicios.

El fallo determinó que los consumidores de estos servicios podrían asociar TINKA con LA TINCA, creyendo que provienen de la misma empresa o están relacionadas comercialmente, especialmente considerando la similitud fonética y gráfica entre ambas marcas.

Qué te enseña este caso si quieres registrar tu marca

Este fallo contiene varias lecciones prácticas para emprendedores y empresas:

Primera: El Clasificador de Niza no es una coraza impenetrable. No te confíes pensando que elegir una clase diferente te protegerá automáticamente de oposiciones si la naturaleza de tu negocio está estrechamente vinculada con marcas previas.

Segunda: Algunos sectores económicos tienen conexiones naturales que trascienden las clasificaciones formales. Esto es especialmente cierto en industrias reguladas o muy específicas como juegos de azar, finanzas, salud o telecomunicaciones, donde los servicios de distintas clases suelen relacionarse en la práctica comercial.

Tercera: La similitud fonética y gráfica sigue siendo determinante. En este caso, TINKA y LA TINCA son marcas muy parecidas. Si además de elegir un nombre similar operas en el mismo sector que una marca previa, tu riesgo de oposición se multiplica exponencialmente.

Cuarta: La jurisprudencia chilena reconoce excepciones al principio de especialidad. El Tribunal puede evaluar si dos servicios en clases diferentes comparten canales de comercialización, público objetivo o modelo de negocio, y usar eso para fundamentar una relación entre coberturas.

Quinta: Si tu competencia ya tiene una marca registrada en tu sector, evita similitudes. Aunque técnicamente solicites una clase diferente, el riesgo de rechazo es alto si el público puede asociar razonablemente ambas marcas.

Conclusión

El caso TINKA es un ejemplo perfecto de cómo la doctrina marcaria evoluciona para proteger no solo el signo registrado, sino el campo operativo real de las empresas. La Polla Chilena logró demostrar que, en el negocio de apuestas y loterías, los servicios de diferentes clases están naturalmente conectados.

Para ti como empresario, la lección es clara: antes de presentar tu solicitud de registro, investiga no solo si existe una marca idéntica en tu clase, sino si hay marcas similares en sectores relacionados. Un análisis superficial puede costarte tiempo, dinero y la marca que habías elegido para tu negocio.

¿Tienes dudas si tu marca podría enfrentar una oposición similar? En inmarcas.cl/reg/ puedes hacer un análisis automático de registrabilidad antes de presentar tu solicitud, identificando marcas previas que puedan representar un obstáculo incluso si están en clases diferentes a la tuya.

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