Si estás pensando en registrar tu apellido como marca, este caso te interesa. Muchas empresas familiares o emprendedores usan su propio nombre para identificar sus productos o servicios. Pero ¿qué pasa cuando ya existe una marca parecida? El Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI) acaba de resolver un conflicto que ilumina esta pregunta: el caso de Primos Grimalt versus Grimal.
El caso en breve
Rol: N° 000071-2025
Marca solicitada: PRIMOS GRIMALT (denominativa)
Marca opositora: GRIMAL (Registro N° 1256461)
Clases: 25, 35 y 41
Decisión: El TDPI revocó el rechazo de INAPI y permitió el registro de PRIMOS GRIMALT
Qué pasó
Esteban Mauricio Grimalt Fuster solicitó registrar la marca PRIMOS GRIMALT para distinguir productos y servicios en las clases 25 (ropa), 35 (publicidad y comercio) y 41 (entretenimiento y educación). Sin embargo, la empresa Grimal SpA, titular de la marca GRIMAL registrada para las clases 24 y 25, se opuso alegando que ambas marcas eran confusamente similares.
El argumento del oponente era directo: la marca GRIMAL estaría íntegramente contenida en el signo solicitado. Según ellos, añadir la palabra «primos» y la letra «t» final no era suficiente para diferenciar las marcas en el mercado, especialmente considerando que ambas cubrían productos relacionados con vestuario.
INAPI, en primera instancia, les dio la razón. El organismo resolvió rechazar el registro para los servicios de clase 35 relacionados con productos de las clases 24 y 25, concluyendo que la similitud entre ambas marcas induciría a error al público sobre el origen empresarial de los productos.
El razonamiento del Tribunal
El TDPI revocó completamente esa decisión. La clave estuvo en aplicar un criterio especial que existe en derecho marcario para casos donde los signos corresponden a apellidos o nombres de personas.
El Tribunal razonó que cuando el público se enfrenta al apellido «Grimal», lo asocia naturalmente con una persona individual específica. En cambio, cuando lee o escucha «Primos Grimalt», la palabra «primos» indica inmediatamente pluralidad: más de una persona, un grupo familiar. Esta diferencia conceptual es fundamental.
Además, el Tribunal destacó que entre «Grimalt» (con ‘t’ final) y «Grimal» existen diferencias objetivas que, sumadas a la expresión «primos», conforman un conjunto marcario con identidad propia. La coexistencia de ambas marcas en el mercado no generaría confusión porque los consumidores percibirían dos orígenes empresariales distintos: uno asociado a una persona, otro a un colectivo de primos con ese apellido.
Qué te enseña este caso si quieres registrar tu marca
Este fallo tiene varias lecciones prácticas si estás considerando usar tu apellido como marca:
1. Los apellidos tienen un tratamiento especial
El derecho marcario reconoce que los apellidos y nombres personales funcionan de manera distinta a otras palabras. Un apellido identifica personas concretas, y el Tribunal considera esto al evaluar si dos marcas pueden coexistir. No basta con decir «los apellidos se parecen»; hay que analizar si el público los percibirá como el mismo origen empresarial.
2. Agregar elementos distintivos importa (mucho)
La palabra «primos» no es decorativa. Cambia radicalmente el significado: transforma la marca de identificar a una persona a identificar a un grupo familiar. Si vas a usar tu apellido, considera agregar elementos que refuercen tu identidad particular: tu nombre de pila, una referencia geográfica, una actividad específica.
3. Una letra puede hacer la diferencia
La diferencia entre «Grimalt» y «Grimal» no es trivial. El Tribunal notó esta variación gráfica y fonética como parte del análisis. Aunque tu apellido sea parecido a una marca existente, las variaciones objetivas (ortografía, pronunciación) cuentan en la evaluación global.
4. El contexto de las clases también pesa
Aunque el caso involucró clases relacionadas (ropa, comercio), la decisión reconoce que no todas las superposiciones de clases son problemáticas cuando las marcas tienen suficiente diferenciación conceptual. Si tu marca se dirige a un público o actividad claramente distinta, tus posibilidades mejoran.
Conclusión
El caso Primos Grimalt vs Grimal confirma que registrar tu apellido como marca en Chile es posible, incluso cuando existen marcas similares, siempre que logres configurar un signo con identidad propia. El uso inteligente de palabras adicionales que aporten significado distintivo (como «primos», que indica pluralidad) puede ser determinante para superar una oposición.
Si tu apellido es tu carta de presentación comercial, no asumas automáticamente que una marca parecida te bloqueará. Pero tampoco subestimes la importancia de construir un signo robusto desde el inicio.
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